Fomento del emprendimiento

Se establece un programa específico con dos actuaciones:

Autoempleo juvenil: para los menores de 30 anos que opten por constituirse como autónomos o montar su propia empresa.

Establecimiento como persona trabajadora autónoma o por cuenta propia: siempre que se acredite una inversión en inmovilizado material o intangible por una determinada cuantía e incentivos.

Enlace con Convocatorias_Autónomos

Si os decidís por crear una cooperativa o sociedad laboral, o incorporaros a una ya existente, y sois menores de 30 años podéis beneficiarios de los siguientes programas:

Programa de incorporación a cooperativas y sociedades laborales.

Por la incorporación de personas jóvenes inscritas en el SNGJ como nuevos socios o socias trabajadores o de trabajo, la cooperativa o sociedad laboral accederá a una ayuda económica por cada nueva incorporación e incentivos adicionales en determinados supuestos.

Las cooperativas y sociedades laborales de nueva creación que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo, con carácter indefinido, a jóvenes integrados en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en Galicia pueden acceder a una subvención para costos de estudio y formalización de microcréditos.

Programa de fomento del emprendimiento destinado a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Subvención para el acceso de personas emprendedoras por cuenta propia a la condición de socias de cooperativas: subvenciones para el inicio de actividad, con una cuantía por persona beneficiaria.

Subvención para microcréditos: subvención para costos de estudio y formalización de microcréditos bancarios.

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El DOG publica hoy la orden que regula las ayudas para promoción de emplo autónomo para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

El DOG publica hoy la orden que regula las ayudas para promoción de emplo autónomo para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Categoría: Fomento do emprendemento

La Consejería de Trabajo y Bienestar publica hoy la orde que regula las ayudas para la promoción del empleo autónomo dentro de la Estrategia de Garantía Juvenil. Se trata de una ayuda destinada a promover y ayudar a financiar aquellos proyectos empresariales que faciliten la creación de su propio puesto de trabajo a las personas desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenilque, pretendan desarrollar  su actividad empresarial o profesional en Galicia como personas trabajadoras autónomas  o por cuenta propia.

Se subvencionarán las altas en la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional que, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en ella, se formalicen desde EL 1 de octubre de 2014 hasta el 30 de septiembre de 2015, ambos inclusive.

 

El plazo para la presentación de solicitudes de ayudas del programa para la promoción del empleo autónomo  finalizará el 30 de septiembre de 2015.

Personas beneficiarias

1.- Los jóvenes desempleadosinscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que procedan a la creación de su propio puesto de trabajo mediante su constitución en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, y que desarrollen su actividad empresarial o profesional en Galicia, siempre que cumpliendo las condiciones establecidas para cada tipo de ayuda, reúnan los requisitos que se detallan en la orde.

2.- Las personas trabajadoras autónomas  o por cuenta propia podrán ser beneficiarios/as de las ayudas de este programa, cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación,  siempre que las soliciten a título personal. En este caso, la comunidad de bienes o sociedad civil deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención.

Tipos de ayuda

A.   Subvención para  iniciativas de autoempleo juvenil

Con el objeto de facilitarle ingresos durante lo inicio de la actividad a la persona joven desempleada que emprenda una iniciativa empresarial o profesional por cuenta propia, podrá concedérsele una subvención la cualquier persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que solicite el alta en el régimen especial de autónomos o en cualquiera otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad profesional, desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 30 de septiembre de 2015   por una cantidad de 1.200 euros.

B.   Subvención por el establecimientocomo persona trabajadora autónoma o por cuenta propia.

1.-Con el objeto  de facilitarles ingresos durante lo inicio de la actividad y puesta en marcha de la iniciativa empresarial o profesional, podrá concedérsele una subvención por su establecimiento como persona trabajadora autónoma o por cuenta propia, que estén de alta o se den de alta en el momento de la presentación o en el plazo que se le indique en la resolución de la concesión,siempre que se acredite una inversión en inmovilizado material o intangible necesario para el desarrollo de la actividad  por una cuantía no inferior a 2.000 euros  sin incluir el impuesto sobre el valor añadido o, de ser el caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, y se realice en el período comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis  posteriores  al dicho inicio, con la fecha límite, en todo caso, del 20 de diciembre de 2015.

Las cuantías de esta subvención variarán entre 7.500 € para persona joven que se incrementará en 500 € en el caso de ser mujer, y 10.000 € para persoas con discapacidad,colectivosen riesgo o situación de exclusión social.

orden_promocin_de_empleo_autnomo_GJ2015_es.pdf